Se encuentran comprendidos en esta obligación, las personas físicas residentes con
actividad en calidad de prestadores de Servicios Personales fuera de la relación de
dependencia, por sí o a través de sociedades de hecho o civiles, en el período enero a
diciembre 2014: - Profesionales (afiliados a Caja de Jubilaciones y Pensiones de Profesionales
Universitarios) - Escribanos (afiliados a Caja Notarial de Seguridad Social) - Titulares de Servicios Personales no profesionales (afiliados a BPS) |